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miércoles, 19 de octubre de 2011

ISRAEL




El sistema jurídico de Israel es una mezcla de los sistemas religiosos hebreo y musulmán, que son derechos de una comunidad de fieles y de los sistemas neorromanista y common law.
organización política
El desarrollo constitucional de Israel se ha llevado a cabo a través de un proceso gradual. Asimismo, se puede afirmar que el constitucionalismo israelita es sui generis por las razones que a continuación se indican.

Israel, al igual que Inglaterra, carece de un documento único como constitución, tiene, más bien, una serie de textos que, por su trascendencia, forman parte de lo que se conoce como constitución.

Para el profesor Daniel J. Elazar, que Israel no haya desarrollado una constitución única no se debe a su incapacidad como nación para lograr consensos, sino a cierta polémica respecto de lo que implica una constitución. Para muchos judíos prac­ticantes, la Tora es la verdadera constitución del Estado judío. Asimismo, consideran al derecho hebreo (Halakhah) como parte de este orden jurídico supremo.

Según el maestro Elazar, la "constitución" de Israel se integra por las siguientes leyes básicas y otra legislación de relevancia:
1 .   Declaración de Independencia ( 1 948) .
2.Legislación relacionada con el exterior, como la Ley del Regreso y el Convenio entre el Estado de Israel y la Organización Mundial Sionista de 1972.
3.Leyes básicas:
El Knesset (1958)
Tierras de Israel (1960)
El Presidente del Estado (1964)
El Gobierno (1968)
La Economía del Estado (1975)
Fuerzas Israelíes de Defensa (1976)
Jerusalén, Capital de Israel (1989)
Ley Judicial (1984),
El Auditor del Estado (1988)
 Dignidad Humana y Libertad (1992) y Libertad de Ocupación (1992).


FUNDACIÓN DEL ESTADO DE ISRAEL


El Estado de Israel fue proclamado el 14 de mayo de 1948. Horas más tarde el naciente Estado fue invadido por Egipto, Jordania, Siria e Irak. El ejército de Israel rechazó a los invasores; la guerra, que pasó a ser conocida como la Guerra de Independencia se prolongó del 15 de mayo de 1948 al 6 de enero de 1949, año en que se firmaron los acuerdos de armisticio.



Israel ganó la guerra, sin embargo, no logró la paz ya que la derrota conmovió a todos los países árabes implicados en la lucha, provocando tensiones de todo tipo, que se reflejan en el creciente descontento que las sacude desde entonces y que han dado lugar a un largo y continuado conflicto, que se ha prolongado hasta nuestros días.
Después de la guerra (1948-1949) el Estado de Israel quedó establecido dentro de las fronteras constituidas por las líneas acordadas en los tratados de armisticio, pero con una extensión mayor a lo previsto en el plan de repar­to de las Naciones Unidas. Según este plan, a los israelís se les atribuía un cincuenta y cinco por ciento del territo­rio de Palestina, pero tras la guerra ocupaban el setenta y ocho por ciento. De la proyectada Palestina árabe, sólo quedaban Gaza, administrada por Egipto, y Cisjordania que fue anexionada a Jordania.

GOBIERNO
El Estado de Israel nació en 1948 y tuvo que organizarse con urgencia, durante el transcurso de una guerra. Se consideró que la soberanía pertenecía en Palestina al pueblo judío representado por un Consejo Nacional Provisional y por el gobierno provisional que acababa de proclamar el nuevo Estado.


La Knéset, esta compuesto por 120 diputados elegidos por sufragio universal. A este órgano le corresponde dar su confianza al gobierno o rechazarlo por medio de la presentación de una moción de censura.

Israel es una democracia parlamentaria; cuenta con un poder cuyas funciones son:
•legislativa
•ejecutiva
•judicial
es decir, se basa en el principio de división de funciones con frenos y balances para que exista un equilibrio en el sistema de gobierno. El gobierno depende del voto de confianza de la Knéset.

El presidente es la cabeza del Estado, su cargo simboliza la unidad del Estado y conlleva gran prestigio y fuerza moral, mantiene el antiguo título de jefe del Sanhedrin, el ente judicial y legislativo supremo del pueblo judío en la tierra de Israel en los tiempos antiguos.

Los deberes presidenciales son en su mayor parte protocolares y formales. Incluyen el llamar a un miembro de la Knéset para que inicie el proceso de formación de un nuevo gobierno, después de elecciones o de la renuncia del gobierno anterior; aceptar las credenciales de enviados extranjeros, firmar tratados y leyes adoptadas por la Knéset; nominación de jueces, del gobernador del Banco de Israel y de los jefes de las misiones diplomáticas en el extranjero, de acuerdo a la recomendación de los organismos pertinentes; concesión de indulto a presos y conmutación de las penas.

El presidente, dura en su cargo cinco años, puede ejercer dos periodos consecutivos y es elegido por simple ma­oría de los miembros de la Knéset entre los candidatos presentados, sea por su capacidad personal o por su contribución al Estado.

poder legislativo

El poder legislativo está compuesto por el Parlamento o Knéset (asamblea) integrado mediante elecciones generales. El parlamento de Israel es unicameral, cuenta solamente con la cámara de diputados, compuesta por ciento veinte miembros. La Knéset elige al presidente de la República y al primer Ministro; este último está sometido al contralor parlamentario
La función de la knéset es legislar y fiscalizar el trabajo del gobierno. Trabaja en sesiones plenarias y por medio de diez comisiones permanentes, cada una de las cuales se dedica a un aspecto específico de los asuntos del país.
En las sesiones plenarias los debates generales versan sobre la política y actividad del gobierno, así como sobre la legislación que éste presenta o que es presentada por diputados individuales. Para ser aprobado, un proyecto de ley debe pasar tres lecturas en la knéset: en la primera, es derivado a la comisión pertinente para su estudio; en la segunda, es discutido en sesión plenaria; en la tercera, se lleva a cabo la votación final. La ley aprobada debe ser firmada por el ministro correspondiente, el Primer Ministro y el Presidente.
La Knéset es elegida por un período de cuatro años, pero puede disolverse y llamar a nuevas elecciones antes del término de su periodo. Hasta que la nueva Knéset es constituida formalmente después de las elecciones, toda la autoridad permanece en manos de la knéset saliente.


poder ejecutivo

El gobierno está encabezado por el Primer Ministro, que debe ser miembro de la Knéset; los demás ministros no están obligados a serlo, aunque usualmente lo son. El número de ministros no es fijo y puede variar de un gobierno a otro.
Después de cada elección, el presidente llama a un miembro de la Knéset, por lo general el líder de partido con la mayor representación para que forme gobierno y lo encabece. Se le otorgan veintiún días para cumplir esta tarea; si no logra formar gobierno en este período, el pre­sidente puede darle una prórroga, o dirigirse a otro miembro. Este procedimiento se repite cuantas veces sea necesario hasta que el gobierno sea constituido.
Dado que el gobierno requiere del voto de confianza de la Knéset para actuar, debe ser aprobado por un mínimo de 61 de sus 120 miembros. Hasta la fecha, ningún parti­do ha logrado recibir suficientes bancas en la Knéset para poder formar gobierno por sí solo; por lo tanto el partido mayoritario para formar gobierno tiene que aliarse con otros partidos.
El gobierno por lo general ejerce durante cuatro años, pero su período puede acortarse por la renuncia o muerte del Primer Ministro o por un voto de desconfianza de la Knéset.


PODER JUDICIAL

El poder judicial es independiente; los jueces son nombrados por el presidente a recomendación de una comisión especial de nueve miembros formada por :

-tres jueces de la Corte Suprema
-dos miembros del Colegio de Abogados
-cuatro figuras públicas

Los jueces son inamovibles y a los 70 años son jubilados.
Aunque la competencia legislativa pertenece por completo a la Knéset, la Corte Suprema puede llamar la aten­ión respecto de algunos cambios legislativos deseables. Sesionando como alta corte de justicia, tiene la autoridad para determinar si una ley se adecúa correctamente a las leyes básicas del Estado.




ESTRUCTURA DEL DERECHO

Cuando los ingleses llegaron a Palestina el sistema de derecho era una mezcla; algunos códigos se basaban en el derecho musulmán, otros derivados del derecho francés y a esto se le añadió el derecho inglés.

En 1948 Israel aprobó la Ley sobre Ordenanzas y Administración que estipulaba que la ley que prevalecía en el país antes del establecimiento del Estado permanecería vigente mientras no contradijera los principios formulados en la Declaración de la Independencia del Estado de Israel, y no fueran incompatibles con las leyes que promulgara la Knéset.

El Derecho de Israel se ha ido depurando paulatinamente para evitar que pudieran regir leyes contradictorias a los intereses del país; poco a poco se han dictado medi­das para establecer una legislación propia con una tendencia al derecho judaico, ya que existe una gran penetración en las nuevas leyes de las antiguas legislaciones. (Biblia, Talmud).

Israel no posee una constitución; la razón es evitar enfrentamientos entre los fieles religiosos, deseosos de que se legislara con los preceptos del Talmud, y los no religiosos partidarios de una vida laica. Lo que existe es una serie de Leyes Básicas que reflejan el contexto social sobre el cual se basa el Estado; promulgadas por separado a lo largo de los años, estas leyes no son una constitución formal, sin embargo, establecen el marco y los poderes de las ramas ejecutiva, legislativa y judicial de gobierno y regulan áreas de especial importancia para la política de Israel romo la economía del Estado.




FUENTES DEL DERECHO



Una de las fuentes formales del derecho más importantes es la legislación, emanada de la Knéset y con tendencia al derecho judaico (religioso).
Otra importante fuente formal del derecho, son los precedentes, es decir, las normas emanadas de las decisio­nes judiciales que deben acatarse para los futuros casos análogos al resuelto, esta fuente del derecho es casuística y heredada del derecho inglés.

La jurisprudencia tiene mucha fuerza y emana de una ley que es la llamada "Ley de los Fundamentos Legales" de 1984 y suple todas las lagunas de la ley. Esta ley estipula que en caso que una cuestión legal no pueda ser resuelta por medio de una ordenanza, o de un precedente, o de una analogía, los tribunales deberán decidir a la luz de los principios de libertad, justicia, equidad y paz del legado de Israel.

EL EJÉRCITO DE ISRAEL

Las Fuerzas de Defensa de Israel fueron fundadas con el establecimiento del Estado de Israel en 1948, tienen a su cargo la defensa del país. Es una de las fuerzas armadas con mayor entrenamiento combativo en el mundo, habiendo tenido que defender al país en cinco guerras im­portantes en menos de 45 años.

Las tres ramas militares de las FDI, fuerzas terrestres, aérea y marina, funcionan bajo un comando unificado, encabezado por el jefe del estado mayor, con el grado de teniente general, que es responsable ante el Ministro de Defensa.

Desde su fundación, estas fuerzas han sido responsables por la educación y las necesidades sociales de sus soldados con actividades recreativas y culturales, así como servicios de apoyo personal proporcionado durante su servicio obligatorio.

Una función muy importante de la FDI es la ayuda a los nuevos inmigrantes a adaptarse a la vida israelí, las FDI adiestran y asignan personal para enseñar hebreo y proporcionar asistencia general en los centros de absor­ción en todo el país.

El servicio militar es de tres años para los hombres y de dos para las mujeres; los hombres además siguen activos cumpliendo treinta días por año en servicios de reserva.
















Lan Arredondo, Arturo Jaime, Sistemas Jurídicos, Oxford,2008.

Sirvent Gutierrez, Consuelo, Sistemas Jurídicos Contemporáneos, Ed. Porrua



3 comentarios:

  1. Marroquín Ventura jessica27 de octubre de 2011, 17:36

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  2. Marroquín Ventura jessica27 de octubre de 2011, 17:43

    Las buenas costumbres y/o formalidades debería prevalecer en toda forma de gobierno acompañada de modificaciones según los tiempos en los que nos encontremos, menciono esto por la forma en que se distribuye el Knéset de forma unicameral claro que el tamaño del estado Israel favorece mucho a esta distribución de poderes. El servicio militar para los habitantes es acorde a su historia, sin embargo, la formación que en este procuran, es a mi juicio bastante respetada y digna de admirar por la razonable idea de “no tener un soldado salido de lo mas inadecuado de la población si no todo lo contrario para que de esa forma sea más inocuo para dicho estado” Habría que estudiar la serie de documentos que atreves de los años han adoptado como leyes constitucionales sometiéndolas a plebiscito, una vez estudiada y “filtrada” por conocedores de la materia a tratar; sea esta promulgada. Esto es tocante al tema de orden político y específicamente al poder legislativo.
    Tocante al poder ejecutivo me agrada la idea que el representante del estado sea miembro de Knéset si esto claro lo hace “igual” a los miembros de dicho órgano, el otorgar derechos especiales lo sometería a un estudio profundo y adecuándolo claro al la voz y voto del pueblo.
    El tema judicial “independiente” voto a favor pero siempre y cuando estos sean elegidos por organizaciones independientes formadas y constituidas por la población y siendo rotatorias, el tiempo de transición lo dejo a libre análisis.

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